¿Qué tipo de licencia de obra necesito para reformar mi vivienda en Madrid?
Esta pregunta nos la hacemos todos a la hora de plantearnos la reforma de nuestra vivienda y la respuesta es bien sencilla, depende de los trabajos que se realicen y del tipo de obra. Aunque es un procedimiento sencillo, que generalmente podemos hacer nosotros mismos, desde Azair Construcciones y Reformas S.L. os dejamos esta hoja de ruta sobre los pasos a seguir.
LICENCIA PARA SACO O CONTENEDOR DE ESCOMBROS EN MADRID
Independientemente del tipo de obra que vayamos a hacer en nuestra vivienda, es casi seguro que vamos a generar escombros y por lo tanto vamos a necesitar una autorización para la ocupación de la vía pública con un saco o contenedor de escombros. El procedimiento es tan sencillo como rellenar los impresos, pagar la tasa y entregarlos en la oficina de atención al ciudadano o en la Junta Municipal más cercana a tu vivienda.
Debes tener en cuenta estos consejos o trucos:
- El contenedor de escombros que habitualmente se ve en las calles es el de 6 m3
- El saco industrial para escombros más utilizado es el de 1 m3
- El número de contenedores suele ser una unidad ya que lo normal es irlo cambiando según se va llenando
- El índice fiscal de las calles lo tienes disponible aquí
Esta licencia se deberá solicitar como mínimo con dos días de antelación a la ocupación de la vía pública siempre que sea en una zona de estacionamiento de vehículos o con 15 días si lo que se ocupa es la acera, una zona peatonal o una zona especial de estacionamiento.
Amplía información en la Página del Ayuntamiento de Madrid y desde allí descargar los impresos necesarios para la licencia de contenedores.
TIPO DE LICENCIA QUE NECESITO PARA MI REFORMA
El Ayuntamiento de Madrid tiene un procedimiento muy sencillo para las licencias de obras en viviendas.
Para las reformas de viviendas en Madrid existen tres tipos principales de licencia urbanística.
- Sin necesidad de licencia para pequeñas reformas de vivienda
- Actuación Comunicada para reformas de pequeña envergadura y no necesiten proyecto
- Procedimiento ordinario para toda obra que precise proyecto
OBRAS DE REFORMAS QUE NO NECESITAN LICENCIA
No necesitan licencia de obra las pequeñas reformas de mantenimiento que se hacen en las viviendas, siempre que afecten a una sola vivienda y que el edificio no tenga ningún tipo de protección ni afecte a un elemento catalogado con protección en el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid.
Estas pequeñas obras de reforma que no necesitan licencia incluyen los siguientes trabajos:
- Pintar la casa
- Cambiar los solados del piso
- Cambiar alicatados en baños y cocinas
- Mejorar los yesos
- Cambio de instalaciones de la vivienda (saneamiento, agua, electricidad, calefacción…)
ACTUACIÓN COMUNICADA PARA REFORMA DE VIVIENDAS –
COMUNICACIÓN PREVIA
El procedimiento de Actuación Comunicada, o Comunicación previa, nos permite realizar obras de pequeña envergadura que no afecten a la estructura del edificio ni a ningún elemento catalogado con protección en el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid.
La Actuación Comunicada nos permite realizar las siguientes obras menores en nuestra casa:
- Cambio de acabados de la vivienda
- Cambio de las instalaciones propias de la casa
- Modificar la distribución de la vivienda de forma parcial o integral
Otro tipo de obras que podemos hacer con la Actuación Comunicada son:
- Obras exteriores
- Antenas
- Carpas y casetas prefabricadas
- Grúas
- Andamios y plataformas elevadoras
- Talas de árboles
- Instalaciones de aire acondicionado
- Cerramiento y vallado de solares
La información general que nos solicitarán en el Ayuntamiento es:
- Impreso de solicitud
- Plano de situación del edificio en el Callejero de Madrid
- Memoria descriptiva de las obras que se pretende realizar
- Planos o croquis, a escala, acotados, de planta y/o sección y/o alzado que reflejen el estado actual de la vivienda
- Planos o croquis, a escala, acotados, de planta y/o sección y/o alzado que reflejen el estado reformado de la vivienda
- Presupuesto de las obras e instalaciones fijas a precios de mercado
- Impreso de liquidación de las tasas con el sello pagado de la entidad bancaria
Aunque en función de las obras que realicemos nos podrán solicitar información complementaria para definir por completo las obras de nuestra vivienda. Como en el resto de casos toda esta documentación se debe entregar en la oficina de atención al ciudadano o en la Junta Municipal más cercana a tu vivienda.
Generalmente en el plazo de 15 días deberíamos tener una respuesta del Ayuntamiento o la concesión de la licencia.
PROCEDIMIENTO ORDINARIO PARA LICENCIAS DE OBRAS
Existen dos modalidades para el procedimiento ordinario:
- Procedimiento ordinario común
- Procedimiento ordinario abreviado
Las obras de reforma de vivienda se realizan por el procedimiento ordinario abreviado y permiten cambios en la estructura del edificio tales como aperturas de huecos en muros de carga, cambios de pilares o vigas.. etc. Y siempre necesitan la redacción de un proyecto técnico de reforma de vivienda por parte de un técnico competente.
Para tramitar la licencia de obras por procedimiento ordinario abreviado se necesita:
- Impreso de solicitud
- Hoja de características
- Impreso de liquidación de las tasas con el sello pagado de la entidad bancaria
- Proyecto técnico redactado por técnico competente, visados por el colegio profesional en caso de ser necesario (tres copias)
- Hojas de encargo de dirección de obra
- Declaración del técnico autor del proyecto de la conformidad de lo proyectado a la ordenación urbanística aplicable, que incluya el certificado de viabilidad geométrica, en su caso
- Declaración del promotor de haber colocado, en el lugar en el que se pretendan llevar a cabo la actuación, cartel anunciando la solicitud de licencia y las características de las obras y actividad
- Cuestionario de la Estadística de Construcción de Edificios
El plazo para recibir contestación por parte del Ayuntamiento es de dos meses desde entrega de la documentación completa.